Comunicación parte de baja médica o IT entre Administración y empresa por vía telemática
A partir del día 1 de abril, la persona trabajadora no estará obligada a presentar a su empresa los partes de baja, alta o confirmación de su incapacidad temporal a la empresa.
El Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaborada remitirá los datos contenidos en los partes médicos por vía telemática.
Una vez recibida esa información, las empresas podrán consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas.
El Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaborada remitirá los datos contenidos en los partes médicos por vía telemática.
Una vez recibida esa información, las empresas podrán consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas.